Devolución de IRPF por hipoteca

Calculá cuánto te baja el IRPF deducir las cuotas de tu préstamo hipotecario.

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Poné la cuota del préstamo hipotecario que pagás por mes.

¿Es tu única vivienda permanente?

Además, la vivienda tiene que haber costado menos de 1.000.000 UI.

Define la tasa de la deducción: 14% si ganás menos, 8% si ganás más.

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¿Cómo funciona la deducción de IRPF por hipoteca?

Una deducción, no un crédito fijo

Las cuotas de tu préstamo hipotecario se deducen del IRPF hasta un tope de 36 BPC al año. A ese monto se le aplica la tasa de deducciones, que es del 14% o del 8% según tu ingreso.

Rebaja = cuotas (tope 36 BPC) × 14% u 8%

La tasa depende de tu ingreso

Si tu ingreso nominal anual es de hasta 180 BPC, la tasa de deducciones es del 14%. Si es mayor, del 8%. Por eso te preguntamos si ganás más o menos de ese monto: para mostrarte la tasa que te corresponde.

Qué necesitás

  • Que sea tu única vivienda y de carácter permanente
  • Que la vivienda no supere 1.000.000 de UI
  • Un préstamo hipotecario (de cualquier banco, BROU, BHU, ANV o cooperativa)
  • Las cuotas pagadas en el año

Cómo se reclama

Presentando la declaración jurada de IRPF (formulario 1102 o 1103) en los Servicios en Línea de la DGI. No es automático: hay que declarar las cuotas para que la deducción se aplique. Fuente: DGI.

Preguntas frecuentes sobre la deducción de IRPF por hipoteca

Preguntas Frecuentes

Resolvemos tus dudas sobre los indicadores económicos

¿Cuánto me baja el IRPF el préstamo hipotecario?

Podés deducir de tu IRPF las cuotas del préstamo que pagaste en el año, hasta un tope de 36 BPC anuales. A ese monto se le aplica la tasa de deducciones del IRPF: 14% si tu ingreso nominal anual es de hasta 180 BPC, y 8% si es mayor.

La rebaja efectiva depende de tu nivel de ingresos: por eso te preguntamos si ganás más o menos de ese límite.

¿Es lo mismo que el crédito por alquiler?

No. El crédito por alquiler es un 8% directo del alquiler. La hipoteca es una deducción: las cuotas entran junto con el resto de tus deducciones y se multiplican por la tasa (14% u 8%).

Son beneficios distintos y excluyentes entre sí en la práctica: el de alquiler es para inquilinos, este es para quien compró su vivienda con un préstamo.

¿Qué vivienda y qué préstamo califican?

Tiene que ser tu única vivienda y de carácter permanente, comprada con un préstamo hipotecario destinado a su adquisición (no a construcción ni refacción). Además, el valor de la vivienda no puede superar 1.000.000 de UI.

¿Sirve si el préstamo es de un banco privado?

Sí. La deducción no depende de qué institución te dio el préstamo: sirve un crédito hipotecario de un banco privado, del BROU, del BHU, de la ANV o de una cooperativa de vivienda. Lo que importa es que sea tu única vivienda permanente y que su costo no supere 1.000.000 UI. La lista de BHU, ANV, MEVIR y cooperativas que a veces se cita aplica a los promitentes compradores, no a los préstamos hipotecarios comunes.

¿Cuento la cuota entera o solo los intereses?

Se computan las cuotas pagadas en el año (lo que efectivamente pagaste), con el tope de 36 BPC anuales. No se separa capital de intereses. Si parte de la cuota está subsidiada por el Estado, esa parte no se computa.

¿Cómo lo reclamo?

Presentando la declaración jurada de IRPF (formulario 1102 o 1103) en los Servicios en Línea de la DGI. No lo aplica tu empleador en el sueldo: lo computás vos en la declaración anual.

Necesitás los datos del préstamo y de la institución que lo otorgó.

Compré la vivienda entre dos, ¿cómo se reparte?

Cada titular deduce la parte de las cuotas que pagó, respetando el tope de 36 BPC por persona. La vivienda tiene que ser única y permanente para cada uno.

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