La fórmula del aguinaldo
El aguinaldo (o Sueldo Anual Complementario) se calcula dividiendo la suma de todos tus ingresos nominales del semestre entre 12.
Aguinaldo = Ingresos del semestre ÷ 12
Aguinaldo de
Sueldo nominal (bruto), antes de descuentos.
Incluí: sueldo + horas extras + comisiones. No incluyas tickets ni subsidios BPS.
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El aguinaldo (o Sueldo Anual Complementario) se calcula dividiendo la suma de todos tus ingresos nominales del semestre entre 12.
Aguinaldo = Ingresos del semestre ÷ 12
Sí se incluyen:
No se incluyen:
El empleador está obligado por ley a pagar el aguinaldo en estas fechas.
El aguinaldo (o Sueldo Anual Complementario) es un derecho de todos los trabajadores en Uruguay establecido por ley.
Es la doceava parte (1/12) de todo lo que ganaste en dinero durante un semestre. Se paga en dos partes: una en junio y otra en diciembre.
Para calcular tu aguinaldo, sumá todos tus ingresos nominales del semestre (sueldo, horas extras, comisiones) y dividí entre 12.
Ejemplo: si ganás $40.000 por mes durante 6 meses = $240.000. Tu aguinaldo nominal sería $240.000 ÷ 12 = $20.000.
El aguinaldo nominal tiene los mismos aportes al BPS que el sueldo, porque el BPS lo cuenta como sueldo (es materia gravada): aportes jubilatorios (15%), FONASA (3-8%), FRL (0,10%).
El IRPF no te lo descuentan del aguinaldo cuando lo cobrás, ni en junio ni en diciembre. Si tus rentas del mes superan 10 BPC ($68.640,00), ya lo venís adelantando: tu empleador te calcula la retención mensual sobre la base aumentada un 6%, y ese 6% es el adelanto del aguinaldo (Decreto 148/007, art. 63). Si no llegás a ese monto, no se adelanta nada, y tampoco se adelanta si tus deducciones te dejan el IRPF del mes en cero. Lo que quede se termina de ajustar en la liquidación anual.
El aguinaldo de junio debe pagarse antes del 30 de junio de 2026.
El aguinaldo de diciembre debe pagarse antes del 20 de diciembre de 2026.
Si no trabajaste los 6 meses completos, usá la opción '¿Tu sueldo varía cada mes?' y poné 0 en los meses que no trabajaste. El aguinaldo se calcula solo sobre los meses trabajados.
En la mayoría de los casos, el salario vacacional NO se incluye en el cálculo del aguinaldo. Sin embargo, algunos gremios específicos (como Construcción) sí lo incluyen por convenio colectivo.