Calculadora de Monotributo BPS 2026
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Aportes vigentes desde enero de 2026. Fuente: BPS.
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Año 1 (25% de gradualidad)
Cuándo cambia tu aporte
Ya estás en la tarifa plena (mes 25+). El aporte solo cambia cuando BPS actualiza los valores, típicamente cada enero.
La gradualidad (25% / 50% / 100%) solo aplica a empresas inscriptas desde el 1 de enero de 2021.
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¿Cuánto pago de Monotributo BPS este mes?
El aporte mensual del Monotributo Ley 19.942 depende de dos cosas: la antigüedad de tu empresa (gradualidad) y tu situación familiar para FONASA.
Si te inscribiste desde el 1 de enero de 2021, pagás el 25% de la parte jubilatoria los primeros 12 meses, el 50% los segundos 12 meses, y el 100% del mes 25 en adelante. Si te inscribiste antes, pagás siempre el 100%.
La calculadora arriba devuelve el monto exacto vigente según los valores oficiales de BPS. Abajo tenés la tabla completa con los 12 escenarios publicados.
| Situación | Año 1 | Año 2 | Año 3+ |
|---|---|---|---|
| Sin cobertura médica FONASA | $1.071,00 | $1.594,00 | $2.637,00 |
| Cónyuges colaboradores, ambos sin FONASA | $2.143,00 | $3.186,00 | $5.274,00 |
| Con FONASA, sin cónyuge a cargo, con hijos a cargo | $5.430,00 | $5.953,00 | $6.996,00 |
| Con FONASA, sin cónyuge a cargo, sin hijos a cargo | $4.761,00 | $5.284,00 | $6.327,00 |
| Con FONASA, con cónyuge a cargo, con hijos a cargo | $6.322,00 | $6.845,00 | $7.888,00 |
| Con FONASA, con cónyuge a cargo, sin hijos a cargo | $5.653,00 | $6.176,00 | $7.219,00 |
| Cónyuges colaboradores, ambos con FONASA, con hijos a cargo | $10.861,00 | $11.904,00 | $13.992,00 |
| Cónyuges colaboradores, ambos con FONASA, sin hijos a cargo | $9.523,00 | $10.566,00 | $12.654,00 |
| Cónyuges colaboradores, uno opta sin cubrir al otro, con hijos a cargo | $6.502,00 | $7.545,00 | $9.633,00 |
| Cónyuges colaboradores, uno opta sin cubrir al otro, sin hijos a cargo | $5.833,00 | $6.876,00 | $8.964,00 |
| Cónyuges colaboradores, uno opta cubriendo al otro, con hijos a cargo | $7.394,00 | $8.437,00 | $10.525,00 |
| Cónyuges colaboradores, uno opta cubriendo al otro, sin hijos a cargo | $6.725,00 | $7.768,00 | $9.856,00 |
¿Qué es el Monotributo BPS y quién puede inscribirse?
El Monotributo BPS es un régimen tributario simplificado pensado para emprendedores y micro empresas con poca facturación. Se paga un único aporte mensual al BPS que reemplaza los aportes jubilatorios, el aporte al Fondo de Reconversión Laboral (FRL) y, opcionalmente, el aporte al sistema de salud (FONASA).
Pueden inscribirse: empresas unipersonales sin empleados, sociedades de hecho de hasta 3 socios integradas exclusivamente por familiares con parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad (también sin empleados), y cooperativas sociales (Ley 17.978). La actividad debe ser de pequeña dimensión económica y respetar los topes de ingresos y activos vigentes.
El Monotributo Social MIDES es un régimen distinto, dirigido a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica con apoyo del MIDES. Tiene aportes aún más bajos y categorías propias.
¿Cómo se calcula la parte jubilatoria del Monotributo?
La parte jubilatoria + FRL se obtiene aplicando el 22,625% sobre 5 BFC (Base Ficta de Contribución), multiplicado por el porcentaje de gradualidad que te corresponda según la antigüedad.
BFC vigente: $1.847,96. Ver BFC.
El aporte al sistema de salud se suma aparte y NO se gradúa: se paga al 100% desde el primer mes. Sin FONASA, son 8% sobre 1 BPC (BPC vigente: $6.864,00, ver BPC). Con FONASA, BPS publica una cuota fija mensual que depende de la composición familiar.
¿Qué es la gradualidad del 25%, 50% y 100%?
Es un beneficio para empresas inscriptas desde el 1 de enero de 2021: durante los primeros 12 meses la parte jubilatoria del aporte se calcula al 25%, los siguientes 12 meses al 50%, y a partir del mes 25 se paga el 100%.
La gradualidad solo aplica a la parte jubilatoria + FRL. El aporte al seguro de salud (con o sin FONASA) se paga al 100% desde el primer mes.
No aplica si la empresa reinicia actividad ni si recibe otros beneficios tributarios. Si te diste de alta antes del 1 de enero de 2021, la calculadora muestra directamente el aporte al 100%.
¿Cómo afecta la composición familiar al monto FONASA?
BPS publica un monto distinto para cada combinación de cónyuge a cargo, hijos a cargo y si hay cónyuge colaborador en el negocio. La diferencia es real, no menor: entre el caso más barato y el más caro hay miles de pesos por mes.
Ejemplos para los primeros 12 meses de actividad: un monotributista soltero sin hijos paga $4.761 con FONASA. Con hijos a cargo, $5.430. Con cónyuge a cargo (sin hijos), $5.653. Con cónyuge e hijos a cargo, $6.322.
Si tu cónyuge también es titular del negocio (cónyuge colaborador), los montos son distintos: van desde $5.833 (uno opta, sin cubrir al otro, sin hijos) hasta $10.861 (ambos optan, con hijos). La calculadora aplica el monto exacto para tu combinación según la tabla oficial de BPS.
Importante: para que tu FONASA cubra al cónyuge como dependiente, vos tenés que estar optando por FONASA (no se puede al revés).
¿Cuál es el tope de facturación del Monotributo?
El régimen del Monotributo está regulado por la Ley 18.083 (Reforma Tributaria). Hay dos topes anuales que actualiza DGI cada enero: el tope de ingresos (distinto para unipersonales y para sociedades de hecho) y el tope de activos. Si la empresa supera cualquiera de los dos deja de cumplir las condiciones y debe pasar al régimen general de aportación (Industria y Comercio o Servicios), que tiene costos significativamente mayores.
Los montos vigentes están publicados en la página de DGI sobre el tope de ingresos y activos del Monotributo.
El Monotributo además exige que la actividad sea de pequeña dimensión económica, que se ejerza con un único local o vehículo (con excepciones), y que no haya empleados a cargo.
¿Cómo me doy de alta como monotributista en BPS?
El alta se gestiona en línea a través del portal conjunto BPS + DGI, sin costo, en un único trámite que da de alta la empresa en ambos organismos. También puede hacerse presencialmente en oficinas de BPS o DGI.
Con un único trámite la empresa queda inscripta en BPS y DGI: el monotributista sustituye con su aporte mensual al BPS el IVA, el IRAE y el Impuesto al Patrimonio que pagaría en el régimen general, y solo debe declarar y pagar la cuota mensual al BPS.