Vía franquicia (IVA 22%)
Para personas físicas y uso personal, hasta 3 compras al año y un cupo anual de US$ 800. Está exenta de aranceles pero paga el IVA.
Impuesto = Valor del producto × 0,22
Calculá cuánto pagás de impuestos por un envío del exterior y cuál vía te conviene
Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas (nuevo régimen de 2026, Decreto 50/026)
El valor de factura del producto, sin contar el costo del envío.
La franquicia permite hasta 3 compras al año y un total de US$ 800, solo para personas físicas.
Tu compra supera los US$ 800
Régimen general de importación
Por encima de US$ 800 por envío ya no aplica la franquicia ni el régimen simplificado del 60%. Entra el régimen general: es obligatorio contratar un Despachante de Aduana y presentar un DUA.
Los tributos varían según el producto (arancel del 0% al 35%, más IVA del 10% o 22% y otros recargos), por lo que no se pueden calcular de forma simple acá.
Lo mínimo que pagás de impuestos
US$ 0
vía Franquicia (IVA 22%)
Pagás solo el IVA (22%) sobre el valor del producto.
60% sobre el valor del producto, con un mínimo de US$ 20 por envío.
El impuesto se calcula sobre el valor de factura del producto, no sobre el costo del envío internacional (el flete no se incluye en la base).
La franquicia es solo para personas físicas, uso personal, hasta 3 operaciones por año y un cupo anual total de US$ 800.
Los envíos desde Estados Unidos de hasta US$ 200 están exentos de IVA por la vía franquicia (acuerdo comercial vigente).
El régimen simplificado del 60% no tiene límite de cantidad de envíos, pero sí un mínimo de US$ 20 por envío.
Quedan excluidos los productos gravados por IMESI y la mercadería de importación prohibida o controlada.
Para personas físicas y uso personal, hasta 3 compras al año y un cupo anual de US$ 800. Está exenta de aranceles pero paga el IVA.
Impuesto = Valor del producto × 0,22
Sin límite de cantidad de envíos, hasta US$ 800 por envío. La alícuota del 60% sustituye toda la tributación, con un mínimo de US$ 20 por envío.
Impuesto = máximo(Valor × 0,60 ; US$ 20)
Nuevo régimen de 2026 (Decreto 50/026).
Por encima de US$ 800 entra el régimen general de importación: hace falta un Despachante de Aduana y un DUA, y los tributos varían según el producto. Quedan excluidos de los regímenes simplificados los productos con IMESI y la mercadería de importación controlada.
Resolvemos tus dudas sobre los indicadores económicos
Depende de la vía que uses. Para envíos de hasta US$ 800 (valor de factura del producto) hay dos opciones: la franquicia, que es solo para personas físicas y uso personal y paga el IVA del 22%; y el régimen simplificado, que cobra una alícuota única del 60% en sustitución de toda la tributación, con un mínimo de US$ 20 por envío.
Esta calculadora te muestra cuál de las dos te conviene según tu situación, porque la franquicia (22%) siempre es más barata que el simplificado (60%) cuando podés usarla.
En general sí: desde el 1º de mayo de 2026 la franquicia pasó a un cupo anual de US$ 800, pero le agregó el IVA del 22% que antes no pagaba. El viejo esquema de 3 compras de hasta US$ 200 libres de impuestos rigió hasta el 30 de abril de 2026.
Hay una excepción: por el acuerdo comercial con Estados Unidos, los envíos que vienen de EE.UU. de hasta US$ 200 siguen exentos de IVA. El cambio está fijado por el Decreto 50/026.
Los envíos que vienen de Estados Unidos de hasta US$ 200 están exentos de IVA gracias al acuerdo comercial vigente, así que por la vía franquicia no pagás impuestos (igual cuenta como una de tus operaciones de franquicia del año).
Si la compra desde EE.UU. supera los US$ 200, vuelve a pagar el IVA del 22% por la vía franquicia, o podés optar por el régimen simplificado del 60%. Marcá la opción El envío viene de Estados Unidos en la calculadora para ver el cálculo con la exención.
Hasta 3 operaciones por año civil, por persona física, siempre que el total no supere el cupo anual de US$ 800 y cada envío pese menos de 20 kg. Tiene que ser para uso personal y sin fines comerciales.
Si ya agotaste las 3 operaciones o el cupo de US$ 800, podés seguir importando, pero por el régimen simplificado del 60%.
Por encima de US$ 800 por envío ya no aplican ni la franquicia ni el régimen simplificado. Entra el régimen general de importación: es obligatorio contratar un Despachante de Aduana y presentar un DUA (Documento Único Aduanero).
En ese caso los tributos dependen del producto (arancel del 0% al 35%, más IVA del 10% o 22% y otros recargos), por lo que no se pueden estimar de forma simple.
No. El impuesto (tanto el IVA de la franquicia como el 60% del simplificado) se calcula sobre el valor de factura del producto. El costo del envío internacional (el flete) que te cobra el courier no entra en la base del cálculo.
No. Por la vía franquicia pagás el IVA del 22% sobre el valor del producto, sin ningún mínimo: una compra de US$ 30 paga US$ 6,60 y nada más.
El mínimo de US$ 20 por envío es exclusivo del régimen simplificado (60%). Solo ahí tiene sentido, porque es la única vía donde el impuesto puede quedar por debajo de US$ 20 (esa misma compra de US$ 30 pagaría el mayor entre US$ 18 y US$ 20, o sea US$ 20). Algunos couriers redactan mal este punto y mezclan los dos regímenes.
Desde el nuevo régimen, el operador postal (Correo Uruguayo, DHL, UPS, etc.) liquida y le paga el tributo a la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) en nombre del destinatario. Ya no tenés que hacer el trámite vos.
Para usar la franquicia hay que registrarse una vez ante la DNA y pagar con un medio electrónico a tu nombre.