¿Cuánto aumentó tu jubilación en 2026?

El aumento general fue de 5,97%, pero a quien cesó durante 2025 le corresponde menos. Calculá el tuyo.

$ nominal

Lo que cobrabas en diciembre de 2025, antes de que se aplicara este aumento.

El mes del cese, no el del primer cobro. Suelen ser distintos: si dejaste de trabajar a fin de mes y cobraste la primera pasividad al mes siguiente, va el mes anterior. El BPS lo llama fecha de cese o configuración de causal y figura en la resolución que te otorgó la jubilación.

Pasás a cobrar (nominal)

$31.791,00

Cobrabas $30.000,00

+$1.791,00 (5,97%)

Este es el monto nominal de tu pasividad del BPS, que es sobre el que se aplica el ajuste. Al banco te llega menos: se descuenta el aporte al FONASA y, si corresponde, el IASS. Y si cobrás renta de una AFAP, esa parte no está incluida acá. Calculá cuánto IASS te descuentan.
Partimos de lo que cobrabas antes del ajuste de 2026, o sea en diciembre de 2025. Si pusiste el monto de tu recibo de este mes, el ajuste ya está incluido y esta cuenta lo suma dos veces.

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Todos los aumentos de 2026

A quien cesó o configuró causal durante 2025 le corresponde un aumento reducido, porque su sueldo básico jubilatorio ya se había actualizado por el Índice Medio de Salarios hasta el mes anterior a que empezara a correr la pasividad.

Mes del cese o causal Aumento
Antes de 2025 5,97%
Enero 2025 2,16%
Febrero 2025 1,97%
Marzo 2025 1,92%
Abril 2025 1,46%
Mayo 2025 1,39%
Junio 2025 1,38%
Julio 2025 0,98%
Agosto 2025 0,80%
Setiembre 2025 0,76%
Octubre 2025 0,61%
Noviembre 2025 0,23%
Diciembre 2025 0,00%

Fuente: BPS, montos y aumentos de pasividades. Alcanza a las pasividades del BPS.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuánto aumentaron las jubilaciones en 2026?

El aumento general de pasividades es de 5,97%, vigente desde el 1° de enero de 2026.

Ese porcentaje le corresponde a quien cesó antes de 2025. A quien cesó o configuró causal durante 2025 le toca un aumento prorrateado, que va bajando mes a mes hasta llegar a cero para quien cesó en diciembre.

Fuente: bps.gub.uy

¿Qué fecha tengo que poner en la calculadora?

La del cese o la de configuración de la causal jubilatoria, que es la que usa el BPS para armar la tabla. Figura en la resolución con la que te otorgaron la pasividad.

No es el mes en que cobraste por primera vez, que suele ser el siguiente. Si ponés ese, la calculadora te va a dar el porcentaje de otra persona: la diferencia entre una fila y la de al lado puede ser de miles de pesos por mes.

¿Por qué a mí me aumentó menos que a mi vecino?

Porque tu sueldo básico jubilatorio ya venía actualizado. El artículo 27 de la Ley 16.713 dispone que ese sueldo básico se actualice por el Índice Medio de Salarios hasta el mes inmediato anterior al inicio de la pasividad, así que si empezaste hace poco ya cobrás con parte de la actualización incorporada y el ajuste anual solo te completa lo que falta. Por eso la tabla baja mes a mes.

Fuente: bps.gub.uy

¿Quién fija el aumento y con qué criterio?

Lo fija el Poder Ejecutivo, y no es una decisión libre: el artículo 67 de la Constitución establece que los ajustes de jubilaciones y pensiones no pueden ser inferiores a la variación del Índice Medio de Salarios, que calcula el Instituto Nacional de Estadística. O sea que ese índice funciona como piso.

¿El monto que me da la calculadora es lo que me llega al banco?

No. Es el monto nominal, que es sobre el que se aplica el ajuste. De ahí el BPS descuenta el aporte al FONASA y, si tu pasividad supera el mínimo no gravado del IASS ($61.776 por mes en 2026), también ese impuesto.

Lo que se deposita es siempre menor que la cifra de arriba.

¿Cuándo se paga la diferencia del aumento?

El BPS anuncia primero un ajuste provisorio y a fines de enero publica el definitivo. La diferencia entre uno y otro se paga en marzo, con retroactividad a enero: no se pierde nada, se cobra más tarde.

Fuente: bps.gub.uy

¿Y si cobro la jubilación mínima?

El BPS fija un piso de $20.935,00 para jubilaciones y pensiones por sobrevivencia (montos de 2026). No alcanza a todo el mundo: quedan afuera los jubilados que no residen en el país y los que acumulan servicios por convenios internacionales, para quienes rige un mínimo general mucho más bajo.

Además existe un aumento diferencial y adicional para las pasividades más bajas. Esta calculadora no lo aplica: el BPS lo resuelve mirando el ingreso total, sumando la renta de la AFAP, y lo pierde quien perciba cualquier otro ingreso, sea del monto y del origen que sea.

Fuente: bps.gub.uy

¿Esto vale para la Caja Militar, Policial, Notarial o Bancaria?

El porcentaje general suele coincidir, porque el artículo 67 de la Constitución fija un piso para todas: los ajustes no pueden ser inferiores a la variación del Índice Medio de Salarios. Lo que cambia, y es lo que rompe el cálculo, es cómo cada caja arma la tabla de prorrateo: el BPS la indexa por el mes del cese, mientras que la Caja Notarial, por ejemplo, la indexa por el mes en que empieza a regir la pasividad, con un mes de diferencia.

Por eso esta calculadora se limita a las pasividades del BPS: para las demás cajas hay que mirar su propia tabla.

¿Qué pasa con la renta de la AFAP?

Si aportaste a una AFAP cobrás dos cosas: la pasividad del BPS y una renta vitalicia que te paga una aseguradora. Las dos se ajustan por el mismo procedimiento y en la misma oportunidad, porque el artículo 60 de la Ley 16.713 remite al artículo 67 de la Constitución. Pero la renta la sirve la aseguradora y no el BPS, así que esta calculadora cubre solo la parte del BPS.

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